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Últimas noticias

Artículo 1 - Definiciones
Artículo 2 - Identidad del empresario
Artículo 3 - Aplicabilidad
Artículo 4 - La oferta
Artículo 5 - El acuerdo
Artículo 6 - Derecho de desistimiento
Artículo 7 - Costes en caso de desistimiento
Artículo 8 - Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 9 - El precio
Artículo 10 - Cumplimiento y garantía
Artículo 11 - Entrega y ejecución
Artículo 12 - Duración de las transacciones: duración, rescisión y prórroga
Artículo 13 - Pago
Artículo 14 - Procedimiento de reclamación
Artículo 15 - Litigios
Artículo 16 - Disposiciones adicionales o diferentes

Artículo 1 - Definiciones

En estos términos y condiciones se aplican las siguientes definiciones:

  1. Plazo de reflexión: el plazo en el que el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
  2. Consumidor: la persona física que no actúe en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial y celebre un contrato a distancia con el comerciante;
  3. Día: día natural;
  4. .
  5. Soporte duradero: cualquier medio que permita al consumidor o comerciante almacenar información dirigida personalmente a él de forma que permita su futura consulta y la reproducción inalterada de la información almacenada;
  6. Derecho de desistimiento: la posibilidad de que el consumidor desista del contrato a distancia dentro del período de reflexión;
  7. Modelo de formulario de desistimiento: el modelo de formulario de desistimiento facilitado por el comerciante que un consumidor puede rellenar cuando desee ejercer su derecho de desistimiento.
  8. Contratante: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a los consumidores a distancia;
  9. Contrato a distancia: Un acuerdo en virtud del cual, en el contexto de un sistema organizado por el comerciante para la venta a distancia de productos y/o servicios, hasta la celebración del contrato inclusive, se hace uso exclusivo de uno o varios medios de comunicación a distancia;
  10. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para la celebración de un acuerdo, sin que el consumidor y el empresario tengan que reunirse en la misma sala al mismo tiempo;
  11. Condiciones Generales: las presentes Condiciones Generales del empresario.

Artículo 2 - Identidad del empresario


ER Marketing / XPRO POOL
Radioweg 2-6
1324 WK Almere

Número de teléfono: +31 (0)85-06 01 770
Dirección de correo electrónico: info@xpropool.com
Número de empresa: 76449513
Número de identificación fiscal: NL003086178B33

Artículo 3 - Aplicabilidad

  1. Las presentes condiciones generales se aplican a todas las ofertas del comerciante y a todos los contratos y pedidos a distancia celebrados entre el comerciante y los consumidores.
  2. Las presentes condiciones generales se aplican a todas las ofertas del comerciante y a todos los contratos y pedidos a distancia celebrados entre el comerciante y los consumidores.
  3. Antes de la celebración del contrato a distancia, se pondrá a disposición del consumidor el texto de las presentes condiciones generales. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de que se celebre el contrato a distancia, se indicará que las condiciones generales pueden consultarse en los locales del empresario y que se enviarán gratuitamente al consumidor que lo solicite lo antes posible.
  4. Si el contrato a distancia se celebra entre un comerciante y un consumidor, el texto de las condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor.
  5. Si el contrato a distancia se celebra por vía electrónica, contrariamente a lo dispuesto en el párrafo anterior y antes de la celebración del contrato a distancia, el texto de las presentes condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de forma que éste pueda almacenarlo de manera sencilla en un soporte de datos duradero. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de la celebración del contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse electrónicamente las condiciones generales y que, a petición del consumidor, se le enviarán por vía electrónica o de otra forma gratuita.
  6. En el caso de que un producto o servicio específico esté sujeto a condiciones generales de venta o suministro, el consumidor podrá solicitar que se le envíen las condiciones generales por vía electrónica.
  7. En caso de que, además de las presentes condiciones generales, se apliquen condiciones específicas del producto o servicio, se aplicarán en consecuencia los párrafos segundo y tercero y el consumidor podrá, en caso de que existan condiciones generales contradictorias, acogerse siempre a la disposición aplicable que le resulte más favorable.
  8. Si una o más disposiciones de estas condiciones generales son en cualquier momento total o parcialmente nulas o anuladas, el acuerdo y estas condiciones generales permanecerán por lo demás en vigor y la disposición en cuestión será sustituida inmediatamente en consulta mutua por una disposición que se aproxime lo más posible al sentido de la original.
  9. Las situaciones no previstas en estas condiciones generales deberán evaluarse "en el espíritu" de estas condiciones generales.
  10. Las situaciones no previstas en estas condiciones generales deberán evaluarse "en el espíritu" de estas condiciones generales.
  11. Las incertidumbres sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones generales deben interpretarse "en el espíritu" de estas condiciones generales.

Artículo 4 - La oferta

  1. Si una oferta tiene un período de validez limitado o está sujeta a condiciones, esto se indicará explícitamente en la oferta.
  2. La oferta es sin compromiso.
  3. La oferta es sin compromiso. El empresario tiene derecho a modificar y adaptar la oferta.
  4. La oferta contiene información completa sobre la oferta.
  5. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es lo suficientemente detallada como para permitir una evaluación adecuada de la oferta por parte del consumidor. Si el empresario utiliza imágenes, éstas son una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Las faltas evidentes o errores manifiestos en la oferta no vinculan al empresario.
  6. Las imágenes, especificaciones y servicios ofrecidos en la oferta no son vinculantes para el empresario.
  7. Todas las imágenes, especificaciones y datos de la oferta son indicativos y no pueden ser motivo de compensación o disolución del acuerdo.
  8. Las imágenes de los productos son indicativas y no pueden ser motivo de compensación o disolución del acuerdo.
  9. Las imágenes de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos. El operador no puede garantizar que los colores mostrados se correspondan exactamente con los colores reales de los productos.
  10. Las imágenes de los productos son una representación real de los mismos.
  11. Cada oferta contiene tal información que es claro para el consumidor cuáles son los derechos y obligaciones, que se adjuntan a la aceptación de la oferta. Esto se refiere en particular a:
  • el precio, incluidos los impuestos;
  • los posibles gastos de envío;
  • la forma en que se celebrará el acuerdo y qué acciones son necesarias para ello;
  • si se aplica o no el derecho de desistimiento;
  • la forma de pago, entrega y ejecución del acuerdo;
  • el plazo de aceptación de la oferta, o el plazo en el que el empresario garantiza el precio;
  • el importe de la tarifa de comunicación a distancia si los costes de utilización de la técnica de comunicación a distancia se calculan sobre una base distinta de la tarifa básica regular para el medio de comunicación utilizado;
  • si el contrato se archiva tras su celebración y, en caso afirmativo, de qué forma puede ser consultado por el consumidor;
  • la forma en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, puede comprobar y, si lo desea, rectificar los datos que haya facilitado en el marco del contrato;
  • las lenguas distintas del neerlandés en las que puede celebrarse el contrato;
  • los códigos de conducta a los que está sujeto el comerciante y la forma en que el consumidor puede consultar dichos códigos de conducta por vía electrónica;y
  • la duración mínima del contrato a distancia en caso de transacción de duración;

Artículo 5 - El contrato

  1. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, el contrato se perfeccionará en el momento de la aceptación de la oferta por parte del consumidor y del cumplimiento de las condiciones estipuladas en la misma.
  2. .
  3. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el comerciante confirmará inmediatamente la recepción de la aceptación de la oferta por vía electrónica. Mientras esta aceptación no haya sido confirmada por el empresario, el consumidor podrá disolver el acuerdo.
  4. Si la oferta no ha sido confirmada por el empresario, el consumidor podrá disolver el acuerdo.
  5. Si el acuerdo se celebra electrónicamente, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para proteger la transferencia electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas.
  6. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario observará las medidas de seguridad adecuadas.
  7. El empresario podrá -dentro de los marcos legales- informarse de si el consumidor puede hacer frente a sus obligaciones de pago, así como de todos aquellos hechos y factores que sean importantes para una celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, tendrá derecho a rechazar un pedido o solicitud o a imponer condiciones especiales para su ejecución, exponiendo sus motivos.
  8. El empresario enviará al consumidor una copia de su pedido o solicitud, en la que se indicarán los motivos.
  9. El empresario enviará la siguiente información junto con el producto o servicio al consumidor, por escrito o de forma que pueda ser almacenada por el consumidor de forma accesible en un soporte de datos duradero:
  10. .
  • la dirección de visita del establecimiento del comerciante donde el consumidor puede presentar reclamaciones;
  • las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o una declaración clara de que el derecho de desistimiento queda excluido;
  • la información sobre las garantías y los servicios posventa existentes;
  • la información incluida en el artículo 4, apartado 3, de las presentes condiciones, a menos que el comerciante ya haya facilitado esta información al consumidor antes de la ejecución del contrato;
  • los requisitos para resolver el acuerdo si éste tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida;

En el caso de una operación de duración, la disposición del párrafo anterior sólo se aplica a la primera entrega. Cada contrato se celebra bajo las condiciones suspensivas de disponibilidad suficiente de los productos correspondientes.

Artículo 6 - Derecho de desistimiento

En la entrega de los productos:

  1. Al comprar productos, el consumidor tiene la opción de disolver el acuerdo sin dar razones durante 14 días. Este período de reflexión comienza el día siguiente a la recepción del producto por el consumidor o un representante designado previamente por el consumidor y puesto en conocimiento del empresario.
  2. Durante el período de reflexión, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin indicar los motivos.
  3. Durante el periodo de reflexión, el consumidor manipulará el producto y su embalaje con cuidado. Sólo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para evaluar si desea conservarlo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto al empresario con todos los accesorios entregados y -si es razonablemente posible- en el estado y embalaje originales, de conformidad con las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
  4. Si el consumidor desea devolver el producto, deberá hacerlo en el embalaje original.
  5. Si el consumidor desea ejercer su derecho de desistimiento, está obligado a ponerlo en conocimiento del empresario en el plazo de 14 días, a contar desde la recepción del producto. El consumidor deberá manifestarlo utilizando el modelo de formulario. Una vez que el consumidor haya manifestado su deseo de hacer uso de su derecho de desistimiento, deberá devolver el producto en un plazo de 14 días. El consumidor debe demostrar que los bienes entregados fueron devueltos a tiempo, por ejemplo, mediante un justificante de envío.
  6. Si, una vez transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, el cliente no ha manifestado su intención de hacer uso de su derecho de desistimiento o no ha devuelto el producto al empresario, la compra es un hecho.
  7. .

En la prestación de servicios:

  1. Cuando se prestan servicios, el consumidor tiene la opción de disolver el contrato sin alegar motivos durante un plazo mínimo de 14 días, a contar desde el día de la celebración del contrato.
  2. En el caso de que el empresario no haya devuelto el producto, la compra es un hecho.
  3. Para hacer uso de su derecho de desistimiento, el consumidor cumplirá las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario en la oferta y/o, a más tardar, en el momento de la entrega.

Artículo 7 - Costes en caso de desistimiento

  1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, no correrán a su cargo más que los gastos de devolución de los bienes.
  2. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, no correrán a su cargo más que los gastos de devolución de los bienes.
  3. Si el consumidor ha abonado un importe, el empresario se lo reembolsará lo antes posible, pero a más tardar en un plazo de 14 días tras el desistimiento. Esto está sujeto a la condición de que el producto ya haya sido recibido de vuelta por el empresario o se puedan presentar pruebas concluyentes de la devolución completa. El reembolso se efectuará a través del mismo medio de pago utilizado por el consumidor, a menos que éste autorice explícitamente un medio de pago diferente.
  4. Si el producto no se devuelve, el reembolso se efectuará a través del mismo medio de pago utilizado por el consumidor.
  5. Si el producto resulta dañado debido a una manipulación descuidada por parte del consumidor, éste será responsable de cualquier depreciación del valor del producto.
  6. .
  7. El consumidor no puede ser considerado responsable de la depreciación del producto si el empresario no ha facilitado toda la información legalmente exigida sobre el derecho de desistimiento, esto debe hacerse antes de celebrar el contrato de compraventa.
  8. .

Artículo 8 - Exclusión del derecho de desistimiento

  1. El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor para los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo se aplicará si el comerciante lo ha indicado claramente en la oferta o, al menos, con la suficiente antelación antes de celebrar el contrato.
  2. El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor en el caso de los productos descritos en los apartados 2 y 3.
  3. La exclusión del derecho de desistimiento sólo es posible para los productos:
  • fabricados por el comerciante de conformidad con las especificaciones del consumidor;
  • que sean claramente de carácter personal;
  • que no puedan devolverse debido a su naturaleza;
  • que se estropeen o envejezcan con rapidez;
  • cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia;
  • para periódicos y revistas individuales;
  • para grabaciones de audio y vídeo y programas informáticos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor;
  • para productos de higiene cuyos precintos hayan sido rotos por el consumidor;

La exclusión del derecho de desistimiento sólo es posible para los servicios:

  • que se refieran a alojamiento, transporte, restauración o actividades de ocio que deban realizarse en una fecha determinada o durante un período determinado;
  • cuya prestación haya comenzado con el consentimiento expreso del consumidor antes de que haya expirado el período de reflexión;
  • en materia de apuestas y loterías;

Artículo 9 - El precio

  1. Durante el periodo de validez indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofertados no se verán incrementados, a excepción de las modificaciones de precios debidas a cambios en los tipos de IVA.
  2. .
  3. Contrariamente a lo establecido en el párrafo anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero y sobre los que el empresario no tenga influencia, con precios variables. Junto con la oferta se hará constar esta vinculación a las fluctuaciones y el hecho de que los precios que, en su caso, se indiquen son precios objetivo.
  4. Los aumentos de precios dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato sólo están permitidos si son consecuencia de normas o disposiciones legales.
  5. Los aumentos de precios a partir de 3 meses después de la celebración del acuerdo sólo se permiten si el empresario lo ha estipulado y:
  • se deriven de normas o disposiciones legales; o
  • .
  • el consumidor está autorizado a rescindir el contrato a partir del día en que surta efecto el aumento de precio.
  • .

Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA. Todos los precios están sujetos a errores de impresión y composición tipográfica. No se acepta ninguna responsabilidad por las consecuencias de errores de impresión y composición tipográfica. En caso de errores de impresión y composición tipográfica, el empresario no está obligado a entregar el producto según el precio incorrecto.

Artículo 10 - Conformidad y garantía

.

  1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios cumplen con el acuerdo, las especificaciones indicadas en la oferta, los requisitos razonables de solidez y/o usabilidad y las disposiciones legales y/o normativas gubernamentales existentes en la fecha de celebración del acuerdo. Si así se acuerda, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del normal.
  2. Garantía proporcionada por el empresario.
  3. Una garantía proporcionada por el empresario, fabricante o importador no afecta a los derechos legales y reclamaciones que el consumidor puede hacer valer contra el empresario sobre la base del acuerdo.
  4. Los defectos eventuales o los productos entregados erróneamente deben comunicarse al empresario por escrito en un plazo de 2 meses tras la entrega. La devolución de los productos debe realizarse en el embalaje original y en estado nuevo.
  5. El plazo de garantía de los productos es de 2 años.
  6. El período de garantía del empresario corresponde al período de garantía del fabricante. No obstante, el empresario no se responsabiliza en ningún caso de la idoneidad final de los productos para cada aplicación individual por parte del consumidor, ni de ningún consejo relativo al uso o aplicación de los productos.
  7. La garantía no se aplica a los productos que no hayan sido utilizados por el empresario.
  8. La garantía no se aplica si:
  • el consumidor ha reparado y/o modificado él mismo los productos entregados o los ha hecho reparar y/o modificar por terceros;
  • los productos entregados han sido expuestos a condiciones anormales o tratados de otro modo de forma descuidada o contraria a las instrucciones del empresario y/o tratadas en el embalaje;
  • la defectuosidad es total o parcialmente el resultado de regulaciones que el gobierno ha establecido o establecerá en relación con la naturaleza o calidad de los materiales utilizados;
  • .

Artículo 11 - Entrega y ejecución

  1. El empresario pondrá la máxima diligencia en la recepción y ejecución de los pedidos de productos y en la evaluación de las solicitudes de prestación de servicios.
  2. El empresario pondrá la máxima diligencia en la recepción y ejecución de los pedidos de productos y en la evaluación de las solicitudes de prestación de servicios.
  3. El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya puesto en conocimiento de la empresa.
  4. El lugar de entrega será la dirección que el consumidor haya puesto en conocimiento de la empresa.
  5. Con la debida observancia de lo dispuesto en el apartado 4 de este artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados de forma expeditiva y, a más tardar, en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya acordado un plazo de entrega más largo. Si la entrega se retrasa, o si un pedido no puede realizarse o sólo puede realizarse parcialmente, el consumidor será informado de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En ese caso, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato sin gastos. El consumidor no tendrá derecho a indemnización alguna.
  6. Todas las condiciones de entrega son indicativas. El consumidor no puede derivar ningún derecho de ninguno de los términos mencionados. Exceder un plazo no da derecho al consumidor a indemnización.
  7. El consumidor no tiene derecho a indemnización alguna.
  8. En caso de disolución de conformidad con el apartado 3 de este artículo, el empresario reembolsará el importe pagado por el consumidor lo antes posible, pero a más tardar dentro de los 14 días siguientes a la disolución.
  9. Si la entrega de un producto solicitado resulta imposible, el empresario se esforzará por proporcionar un artículo de sustitución. A más tardar en el momento de la entrega, se informará de forma clara y comprensible de que se está entregando un artículo de sustitución. Con los artículos de sustitución no se puede excluir el derecho de desistimiento. Los costes de un eventual envío de devolución correrán a cargo del empresario.
  10. Los gastos de devolución correrán a cargo del empresario.
  11. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos corresponde al empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante designado previamente y puesto en conocimiento del empresario, salvo pacto expreso en contrario.
  12. .

Artículo 12 - Operaciones de duración: duración, resolución y renovación

Cancelación

  1. El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato de duración indefinida celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, con sujeción a las normas de rescisión acordadas y a un plazo de preaviso que no exceda de un mes.
  2. El consumidor podrá rescindir en cualquier momento un contrato de duración indefinida celebrado para el suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios, con sujeción a las normas de rescisión acordadas y a un plazo de preaviso que no exceda de un mes.
  3. El consumidor podrá rescindir los contratos mencionados en los apartados anteriores:
  • cancelar en cualquier momento y no estar limitado a la cancelación en un momento o período específico;
  • cancelarse, al menos, en la misma forma en que fueron celebrados por él;
  • rescindir siempre con el mismo preaviso que el empresario haya estipulado para sí;

Renovación

  1. Un contrato celebrado por tiempo determinado y que se extienda al suministro regular de productos (incluida la electricidad) o servicios no podrá prorrogarse o renovarse tácitamente por tiempo determinado.
  2. En el supuesto de que el contrato se prorrogue o renueve tácitamente por tiempo determinado, el empresario podrá prorrogar o renovar tácitamente el contrato.
  3. A diferencia de lo dispuesto en el párrafo anterior, un contrato de duración determinada que se haya celebrado para el suministro regular de periódicos y revistas diarios o semanales podrá renovarse tácitamente por un plazo determinado no superior a tres meses, si el consumidor puede rescindir este contrato renovado antes de que finalice la renovación con un plazo de preaviso no superior a un mes.
  4. Un contrato de duración determinada que se haya celebrado para el suministro periódico de productos o servicios sólo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede resolver este contrato prorrogado en cualquier momento con un plazo de preaviso que no exceda de un mes y con un plazo de preaviso que no exceda de tres meses en caso de que el contrato se refiera al suministro periódico, pero menos de una vez al mes, de periódicos y revistas diarios, informativos y semanales.
  5. Un contrato de duración limitada para el suministro regular de periódicos y revistas diarios o semanales a modo de introducción (suscripción de prueba o introductoria) no se continuará tácitamente y finalizará automáticamente al término del período de prueba o introductorio.
  6. El contrato no se continuará automáticamente y finalizará automáticamente al término del período de prueba o introductorio.

Duración

  1. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá rescindir el contrato en cualquier momento después de un año con un plazo de preaviso no superior a un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la rescisión antes del final de la duración acordada.

Artículo 13 - Pago

  1. Salvo pacto en contrario, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán abonarse en un plazo de 7 días hábiles tras el inicio del periodo de reflexión a que se refiere el artículo 6, apartado 1. En caso de acuerdo de prestación de un servicio, este plazo comienza una vez que el consumidor ha recibido la confirmación del acuerdo.
  2. El consumidor tiene el deber de informar inmediatamente al empresario de las inexactitudes en los datos de pago facilitados o mencionados.
  3. En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tiene derecho, sujeto a restricciones legales, a cobrar costes razonables dados a conocer al consumidor con antelación.
  4. .

Artículo 14 - Procedimiento de reclamación

  1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamación suficientemente publicitado y tramita las reclamaciones de conformidad con dicho procedimiento de reclamación.
  2. .
  3. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deben presentarse al empresario descritas de forma completa y clara en un plazo de 2 meses desde que el consumidor haya detectado los defectos.
  4. Las reclamaciones presentadas al empresario serán contestadas en un plazo de 14 días desde la fecha de recepción. Si una reclamación requiere previsiblemente un plazo de tramitación más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo y una indicación de cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
  5. Si la reclamación no puede resolverse, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días.
  6. Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surge un litigio que está sujeto al procedimiento de resolución de litigios.
  7. En caso de reclamación, el consumidor debe dirigirse en primer lugar al empresario. Si la tienda online está afiliada a la Stichting WebwinkelKeur y en caso de reclamaciones que no puedan resolverse de mutuo acuerdo, el consumidor debe dirigirse a la Stichting WebwinkelKeur (www.webwinkelkeur.nl), que mediará de forma gratuita. Compruebe si este comercio está afiliado a través de https://www.webwinkelkeur.nl/ledenlijst/. Si aun así no se llega a una solución, el consumidor tiene la opción de que su reclamación sea tratada por el comité de disputas independiente designado por Stichting WebwinkelKeur, cuyo fallo es vinculante y tanto el empresario como el consumidor están de acuerdo con este fallo vinculante. Presentar una reclamación ante este comité de litigios conlleva unos costes que el consumidor debe abonar al comité en cuestión. También es posible presentar reclamaciones a través de la plataforma europea ODR (http://ec.europa.eu/odr).
  8. Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que éste indique lo contrario por escrito.
  9. .
  10. Si el empresario considera que una reclamación está justificada, el empresario, a su discreción, sustituirá o reparará los productos entregados de forma gratuita.
  11. Si el empresario considera que una reclamación está justificada, el empresario, a su discreción, sustituirá o reparará los productos entregados de forma gratuita.

Artículo 15 - Litigios

  1. En los acuerdos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales, sólo se aplica la legislación holandesa. Incluso si el consumidor reside en el extranjero.
  2. En los acuerdos entre el empresario y el consumidor relacionados con estas condiciones generales, sólo se aplica la legislación holandesa.
  3. La Convención de Viena sobre Compraventa no es de aplicación.

Artículo 16 - Disposiciones adicionales o diferentes

Las disposiciones adicionales o que difieran de las presentes condiciones generales no podrán ir en detrimento del consumidor y deberán constar por escrito o de forma que puedan ser almacenadas por el consumidor de forma accesible en un soporte de datos duradero.